23 octubre 2009

GOOGLE INCLUIRÁ LAS ACTUALIZACIONES DE TWITTER EN SUS RESULTADOS DE BÚSQUEDA

Siguiendo los pasos de Bing, lo que ya se veía venir, es que Google incluyera en sus búsquedas los tópicos que se actualizan en Twitter.

googleTwitter

Puede ser muy útil, porque en en muchas ocasiones Twitter muestra contenido de primera mano e información instantánea.
Aunque mucha gente todavía lo utiliza para trivialidades, sabiendo escoger a quien sigues puedes obtener buenas experiencias en el mundo de microblogging y redes sociales.

20 octubre 2009

MAGIC MOUSE: APPLE REINVENTA EL RATÓN

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El nuevo ratón de la compañía es el primero multitáctil, lo que permitirá realizar gestos sobre él para, por ejemplo, moverse por la pantalla.

BATALLA DE VÍDEOS SOBRE LOS INTERCAMBIOS EN LA RED

Vuelve otra vez el enfrentamiento entre la industria cultural española y quieres defienden el libre intercambio de archivos. Y el campo de batalla es nuevamente Internet.

Mientras la llamada Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos insiste en atacar a las páginas de enlaces que se benefician del P2P a través de la publicidad, mediante un vídeo y un informe publicado esta semana, el colectivo Exgae contraataca con otro vídeo y aprovecha para anunciar la celebración de un evento de cultura libre que se celebrará en Barcelona a finales de octubre.

Los creadores agrupados en la Coalición enviaron esta misma semana al Ministerio de Industria una lista de unos 200 sitios web de enlaces a archivos protegidos, con la intención de que actúen tanto el propio Ministerio como la Fiscalía General del Estado.

La Coalición de Creadores presentó un informe, realizado conjuntamente con la CoPeerRight Agency, en el que asegura que los principales sitios que se dedican a las descargas cuentan con una media de 150.000 usuarios cada una, "un tráfico que alcanza fácilmente los cuatro millones de usuarios únicos" y pueden alcanzar ingresos de cerca de 1,5 millones de euros al año para cada página, siempre según sus datos.

Acompaña a ese informe un vídeo de más de seis minutos publicado en YouTube, llamado 'Informe Parasite Business', en el que se afirma que "con la excusa del intercambio entre particulares de redes espontáneas viviendo la experiencia digital, se esconde en Internet una industria parasitaria que hace posible las descargas de obras ajenas".

Este vídeo, que usa datos del citado informe, denuncia que los ingresos provienen a través de la publicidad y a través de registros de datos de los usuarios.

La reacción en la Red no se ha hecho esperar. La autodenominada asesoría legal Exgae, creada el pasado año como alternativa a las actuales entidades de gestión de derechos de autor, publicó el domingo otro vídeo, una parodia de la película 'El Hundimiento' en la que, mediante subtítulos falsos, se hace una crítica a las ambiciones de la industria cultural, cuyo negocio es "vender copias".

Otras opiniones sobre el informe de la Coalición de Creadores apuntan a que la industria cultural podría estar buscando abonar el terreno para instar a una reforma legislativa que termine por convertir en delito el intercambio de archivos en la Red.

El abogado especializado en Internet David Bravo comenta en su blog que la industria, "acudiendo en ocasiones a comparaciones desmesuradas, procura sugerir al legislador que estamos en un estado de emergencia que precisa de su intervención urgente".

Bravo cree que la industra cultural parece que busca convertir en "un problema nacional" lo que en realidad es "la inquietud de un interés privado".

El Gobierno

Mientras, el Gobierno anunció la semana pasada la creación de una comisión interministerial para analizar el marco normativo existente contra las copias no autorizadas en Internet, que deberá presentar conclusiones antes de fin de año.

Esa comisión tiene el encargo de presentar "mejoras en la acción judicial civil y penal como principal medio contra la vulneración de la propiedad intelenctual" en la Red.

Hay que recordar que, hasta la fecha, ningún proceso penal contra la actividad de intercambiar archivos protegidos en la Red ha prosperado, con la excepción de uno de ellos, que finalizó en acuerdo. No obstante, sí existen varios procesos por la vía civil.

De esta manera, el Gobierno interviene tras el fracaso de las negociaciones entre la industria cultural y el sector de las telecomunicaciones, y parece buscar un nuevo marco normativo. Y todo ello a pesar de los intendos de acercamiento entre las operadoras, agrupadas en Redtel, y parte de la industria cultural, que ya ha renunciado a medidas tan polémicas como los cortes de ADSL a quienes descarguen y han anunciado la creación de un macroportal de contenidos para fomentar el pago por los mismos.

Está previsto que el año que viene comience a perfilarse el nuevo marco legal que regirá el espinoso asunto de las descargas en la Red. Además, coincidiendo con la Presidencia española de la Unión Europea, el Gobierno propondrá la aprobación de una Carta de Derechos de los usuarios de telecomunicaciones común en la Unión Europea similar a la que existe en España, tal y como se anunció este verano.

19 octubre 2009

SOFTWARE Y COPYRIGHT: LAS IDEAS NO TIENEN PROTECCIÓN, EL CÓDIGO SÍ

Las ideas no son susceptibles de protección, ¿o sí?

Siempre se ha dicho, en materia de propiedad intelectual, que las ideas no pueden protegerse mediante el 'copyright'. Por poner un ejemplo burdo, la fórmula chico encuentra chica, se enamoran pero la cosa acaba en tragedia porque las familias se llevan mal, es algo que no se puede registrar ni proteger de ninguna manera. Lo susceptible de protección es la obra concreta "Romeo y Julieta" o cualquiera de los 'remakes', teatrales, cinematográficos o de cualquier otra índole y cultura que se hayan realizado.

Igualmente, en el mundo de los negocios, si se le ocurriese a alguien almacenar vacío –o cosas peores- en un recipiente y venderlo, no se podrá impedir que luego venga otro a hacer lo mismo. Esta situación ha dado lugar a que se plantee la posibilidad de una regulación al respecto, sobre todo en las denominadas ideas de negocio, que de momento es prácticamente inexistente o, si lo es, aborda estas cuestiones de una forma parcial.

¿Entonces, las ideas no se pueden proteger? La respuesta es que sí caben mecanismos para su protección. Quizás el más inmediato sea el de guardar secreto.

Pero claro, a veces es difícil poder empezar a explotar la idea sin darla a conocer. En este caso, es habitual la firma de acuerdos de confidencialidad y no competencia en los que las partes se comprometen a guardar confidencialidad sobre iniciativas empresariales que en ese momento no son más que ideas y que no pueden por sí mismas acceder a la protección que otorgan las instituciones de la propiedad intelectual e industrial. Así mismo, en ámbitos de naturaleza laboral, tanto legal como contractualmente, se imponen a los trabajadores o colaboradores unos deberes de confidencialidad que también pueden alcanzar este tipo de 'ideas', cuya infracción incluso podría tener consecuencias penales.

En último término, podría pensarse en la posibilidad de aplicar algunas de las figuras que se contemplan en la Ley de Competencia Desleal, que ya considera desleal cualquier comportamiento en el mercado contrario a las exigencias de la buena fe. Por ejemplo, si se han comunicado ideas y proyectos a personas cercanas y estas hacen un uso desleal de los conocimientos adquiridos. En ese caso, puede que ese tal uso no suponga una infracción de propiedad industrial o intelectual, pero sí podría considerarse un acto de competencia desleal y acudir a dicha normativa para reparar los daños causados.

Así mismo, esta Ley prohíbe actos de imitación de iniciativas o prestaciones ajenas, cuando resulte idónea para generar la asociación por parte de los consumidores respecto a la prestación o comporte un aprovechamiento indebido de la reputación o el esfuerzo ajeno. Igualmente considera desleal la imitación sistemática de las prestaciones e iniciativas empresariales de un competidor con el objeto de impedir u obstaculizar su afirmación en el mercado y exceda de lo que, según las circunstancias, pueda reputarse una respuesta natural del mercado.

¿Y en el 'software' libre?

Pues en el 'software', tanto el libre como por liberar, es igual. Las ideas que, no sin matices, podríamos asemejar a la funcionalidad que desarrolla un programa (por ejemplo, sumar), no son susceptibles de protección por la propiedad intelectual. Lo que se protege es la forma concreta (el código) con el que se logra la funcionalidad deseada (sumar).

Hace un par de años se dictó una Sentencia en el Reino Unido que analizaba estas cuestiones en relación con videojuegos similares. El tribunal puso de manifiesto que las ideas no son susceptibles de protección y que, en consecuencia, no podía evitarse que terceras personas desarrollasen videojuegos inspirándose en otros anteriores, dado que las ideas y principios que subyacen a cualquier elemento de un programa de ordenador no están protegidos por la normativa de propiedad intelectual. Incluso llega a decir esta sentencia que una idea consistente en una combinación de ideas, también es solamente una idea.

Esto es, por lo demás, lo que dice igualmente nuestra Ley de Propiedad Intelectual, en cuyo artículo 96.4 puede leerse que "no estarán protegidos mediante los derechos de autor con arreglo a la presente Ley las ideas y principios en los que se basan cualquiera de los elementos de un programa de ordenador incluidos los que sirven de fundamento a sus interfaces".

Por tanto, el primer interrogante que nos plantea la consulta de hoy ha de responderse en el sentido de que las funcionalidades como tales se asemejan a las ideas y, por tanto, salvo que haya un particular deber de confidencialidad, son susceptibles de ser imitadas mediante mecanismos distintos a los ya divulgados. Piénsese en el ya clásico ejemplo de las ventanas del Windows 1.0, y su evidente semejanza con la interfaz gráfica del MacOS de Apple.

El segundo interrogante de la consulta podríamos expresarlo así: ¿Es necesario licenciar el nuevo programa bajo una licencia GPL al desarrollar la misma funcionalidad?

Para entender el planteamiento de esta cuestión habría que explicar el marcado componente 'vírico' que presentan las licencias que suelen aplicarse al 'software' libre y, particularmente, las conocidas como GPL. En efecto, estas licencias, con diferentes alcances según la modalidad a que se sujete el programa de ordenador, permiten que el usuario efectúe una transformación del mismo, o incluso la utilización de todo o parte para la creación de otros programas. En estos casos el programa resultante (original o derivado) debe licenciarse en las mismas condiciones que el programa original del cual deriva la obra nueva o cuyas partes han sido incorporadas a la misma.

Nuestro internauta se plantea si, al desarrollar su 'software' la misma funcionalidad, el programa quedaría igualmente sujeto al régimen de la licencia del programa original.

Para responder a esta pregunta, tenemos que recordar lo que antes dijimos sobre artículo 96 de la Ley de Propiedad Intelectual. Dicho artículo establece que las ideas y principios en los que se basan cualquiera de los elementos de un programa de ordenador no son susceptibles de protegerse como propiedad intelectual. Lo que se protege es el código, la forma en la que la idea toma cuerpo.

Por tanto, el programa de nueva creación podrá licenciarse de la forma que su autor quiera, siempre que no utilice ningún código ajeno.

Todo ello, desde la perspectiva estricta de la normativa sobre propiedad intelectual, pues recordemos los especiales deberes de confidencialidad que imponen algunas relaciones, que podrían ser de aplicación al caso.

Podría pensarse que lo expuesto antes en materia de competencia desleal no sería de aplicación al 'software' libre, por no darse consecuencias económicas en la imitación de la funcionalidad, ni cumplirse el requisito de concurrencia en el mercado, pero ello no es del todo así.

En efecto, pensemos en empresas que desarrollan 'Software' libre (por el que no cobran) pero que prestan determinados servicios de instalación, mantenimiento, actualización, etc. relacionadas con ese software que desarrollan. Aquí, sí habría una clara concurrencia, y hasta competencia, en el mercado que justificaría el tener acceso a las acciones de la Ley de Competencia Desleal, al objeto de erradicar prácticas de parasitismo comercial.

Volviendo al ejemplo de Piero Manzoni, difícilmente podría perseguirse la imitación de sus peculiares modelos de negocio, pero sí la imitación del envoltorio, en el supuesto de que la misma resultase, en los términos definidos por la Ley de Competencia desleal, "idónea para generar la asociación por parte de los consumidores respecto a la prestación o comporte un aprovechamiento indebido de la reputación o el esfuerzo ajeno".

LOS BENEFICIOS DE APPLE CRECEN UN 46% GRACIAS A LA VENTA DE iPHONES Y MACS

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El grupo tecnológico Apple alcanzó entre junio y septiembre de este año, cuarto trimestre de su último año contable, un beneficio neto de 1.665 millones de dólares (más de 1.100 millones de euros), un 46% más que en el mismo periodo del año anterior, debido, principalmente, a las ventas del teléfono móvil iPhone.

El grupo vendió tantos ordenadores Mac y celulares iPhone como nunca antes en un trimestre, dijo el jefe de Apple, Steve Jobs, en un comunicado. "Estamos encantados de haber vendido más Macs y iPhones que en ningún otro trimestre anterior", reza la nota. "Tenemos una fuerte para la campaña de Navidad y nuevos e increíbles productos para 2010".

En total, se vendieron más de tres millones de ordenadores Apple, lo que supone un aumento del 17% con respecto al año anterior. El grupo vendió además casi siete millones y medio de iPhones, un 7% más.

El fabricante ha superado una vez más con un fuerte crecimiento de facturación y de ganancias las expectativas del mercado. A pesar de la crisis económica, la facturación en esos tres meses alcanzó los 9.870 millones de dólares (6.600 millones de euros), un 25% más que en 2008, añadió la compañía.

En el conjunto del año contable, que finalizó el pasado mes de septiembre, Apple incrementó sus ventas un 12,5%, hasta los 36.537 millones de dólares (24.446 millones de euros), y aumentó su beneficio en un 18% hasta los 5.704 millones de dólares (3.800 millones de euros).

18 octubre 2009

LOS FALSOS ANTIVIRUS AHORA SECUESTRAN E INUTILIZAN EL ORDENADOR

PandaLabs ha identificado una tendencia mucho más agresiva de venta de los llamados falsos antivirus o rogueware. Hasta ahora, cuando un PC era afectado por un malware de estas características, se limitaba a enseñar mensajes de alerta de infección invitando al usuario a comprar. Ahora, están combinando estas tecnologías con el secuestro –literal- del ordenador y su inutilización, lo que conocíamos hasta la fecha como ransomware.

Una vez infectado el ordenador, la víctima experimenta una gran frustración al ver cómo al intentar ejecutar cualquier programa, abrir un documento, etc., el ordenador no responde y sólo aparece un mensaje informando al usuario (falsamente) que todos los archivos están infectados y que la única solución es comprar el falso antivirus.

Esta falsa aplicación, llamada Total Security 2009, la venden por 79,95 €. Además ofrecen servicios de soporte técnico premium por 19.95€ adicionales. Una vez pagado, el usuario recibe un número de serie que, al introducirlo en la aplicación, libera todos los ficheros y ejecutables y deja trabajar y recuperar la información. Dicha falsa aplicación, sin embargo, sigue instalada.

14 octubre 2009

ADOBE MUESTRA PHOTOSHOP CS5 EN FACEBOOK

Adobe ha publicado un vídeo en Facebook en el que se proporciona un vistazo de las características que podremos ver en la próxima versión de Photoshop. El vídeo muestra una selección de las características que se están desarrollando por los ‘Photoshop Labs’, entre las que se incluyen brochas con estilo de pintura y una nueva herramienta de deformación, entre otras.

Las nuevas herramientas de pincel están dirigidas a proporcionar el mismo tipo de funcionalidad que podemos encontrar en la aplicación de dibujo Painter de Corel. El vídeo muestra pinturas pastel sobre las que se aplican mezclas y de extensión entre otros. También muestra una representación en pantalla de las propiedades 3-D de un pincel, presentando el modo en el que se obtienen los diferentes tipos de trazados.

También se ha añadido a Photoshop a una de las herramientas disponibles en el sistema Puppet de After Effects, mediante la cual los artistas pueden deformar una imagen situando puntos en las áreas que desean bloquear (puntos de control), moviendo posteriormente las áreas sobre dichos puntos. La superposición de una rejilla es la encargada de mostrar en todo momento cómo e está deformando la imagen en tiempo real.

Adobe no indica que dichas herramientas vayan a estar presentes de forma definitiva en Photoshop CS5 o bien alguna versión posterior de Photoshop, dado que la compañía no quiere verse comprometida legalmente a su disponibilidad, pero dichas herramientas “son solamente algo de lo que estamos experimentando”.

Para ver el video Clic aquí: http://www.facebook.com/video/video.php?v=539663368359